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andomo65
28 may 2010
Lou Rawls/// I'll See You When I Get There
!Preciosa balada de Lou¡
!Viva la música negra¡
LOU RAWLS LIVE - YOU'LL NEVER FIND ANOTHER LOVE LIKE MINE
Otro de mis favoritos. Gran compositor de baladas y temas que tratan el amor.
Escúchalo, disfrutalo.
Barry White/// You´re The Firts The Last My Everything
¡Y cómo no ! aquí el tema más internacional, más popular, más conocido en cualquier parte del mundo.
Eres la primera, lo último, mi todo, le dice a su querida Glodean James.
Barry White canta en español Love Makin´ Music
¿Sorprendido? Sí, es el Maestro cantando en español.
Aunque grabó pocas canciones en éste idioma, Barry quiso dejar constancia de sus origenes maternos hispanos.
Barry White/// Just to way you are
Tema compuesto por Billy Joel
Sin embargo, Barry consiguio hacerlo popular sin ser de él.
Sin embargo, Barry consiguio hacerlo popular sin ser de él.
BARRY WHITE/// I'm so blue and you are too
Cierra los ojos y abre tu alma.
Permite que entren estas melodias hacia tu corazón.
Quizás, si no lo estás, vuelvas a enamorarte.
27 may 2010
Sin castigo pese a circular a 170km/h
El coche de Guillermo Fernández Vara, sin castigo a pesar de ser cazado a 170 km/h

Guillermo Fernández Vara, saliendo de su coche oficial.
El coche oficial del presidente de la Junta de Extremadura, Guillermo Fernández Vara, fue "cazado" a 170 km/hora incumpliendo las normas de velocidad en la noche del pasado lunes a su regreso de Madrid donde había participado en el pleno del Senado.
Los agentes de la Guardia Civil de Tráfico detectaron a un vehículo de alta gama que conducía a una excesiva velocidad en la Autovía N-V, entre las localidades extremeñas de Trujillo y Miajadas, en concreto a la altura de la localidad de Santa Cruz de la Sierra (Cáceres), cuando el coche fue interceptado por un vehículo camuflado de la Guardia Civil.
Los agentes mostraron su sorpresa al escuchar de boca del conductor, tras ordenar la detención del automóvil, que el vehículo pertenecía a la Junta de Extremadura y que la persona que iba en el asiento posterior del vehículo era el mismísimo presidente de la Junta de Extremadura, por lo que tras varias consultas efectuadas a sus superiores decidieron no sancionar en el acto al conductor ni con una multa económica ni con la retirada correspondiente de los puntos del carné.
De esta manera, el coche reanudó la marcha sin ninguna penalización con destino a Mérida, donde tiene la residencia oficial el presidente extremeño. Se da la circunstancia de que el incidente se produjo horas antes de que entrara en vigor la nueva Ley de Seguridad Vial, este martes.
Al desvelarse los hechos, el presidente de la Junta de Extremadura ha pedido disculpas públicas: "No era yo el que conducía pero la responsabilidad es mía y la asumo". Además, ha añadido que "yo no digo (a su conductor) a la velocidad a la que hay que ir, pero sí pongo a la hora en la que hay que estar en un sitio y a tal otra en otro", por lo que aseguró que este incidente le hará replantearse la confección de su agenda porque con las prisas "pongo en peligro la vida de los que van conmigo y la mía misma". Ahora, indicó "espero que nos llegue la multa".
MI OPINIÓN
>Dejar claro que la multa tiene todas las papeletas para quedar en papel mojado al aseverar que "el artículo 167 del Reglamento General de Circulación, en su artículo 25 de la Ley (sic) especifica que por razones de seguridad los escoltas pueden ir a una mayor velocidad"
Una vez más queda claro que las normas estan hechas sólo para algunos, para esos que sufrimos la cara dura y la sin razón de los gobernantes. Quizas si hubiesen usado otro vehículo como coche oficial (ver coche en la foto), no hubiesen llegado a coger semejante velocidad.
¿Adonde van a llegar estos gobernantes?
Hace unos días en Sevilla y en la recien estrenada calle Asunción (peatonal) los comerciantes denunciaron unos hechos por los que, el vehiculo oficial de los escoltas de Manuel Chaves, circularon por una zona peatonal con el vehiculo oficial con total descaro y despreocupación.
El Sr. Chavez decidió estrenar la peatonalización, sin caer en que sus escoltas, a pesar de estar en buena forma, decidieron seguirle en coche y no a pie.
Al fin y al cabo, las normas no pueden ser incumplidas por nadie, excepto por los que la han creado.
Para concluir, una expresión que ha hecho popular otro ladrón de gúante blanco (Julian Muñoz)
GOLFOS SOIS UNOS GOLFOS
UNA DE EPITAFIOS ORIGINALES
«Mi última diligencia: que os zurzan»
«Dejadme el mármol virgen, sin relieve. Que el jaramago escriba lo que quiera»
«Qué os zurzan»
«Todo el que le haga daño o le quite algo a los muertos le entre cáncer negro en la boca del estómago». Que se atreva alguien a robarme una flor.
«Perdone que no asista a su entierro»
«Estoy muerto, enseguida vuelvo»
«Conste que yo no quería»
«Cuando nací, todos reían y yo lloraba. Viví de tal manera, que cuando morí, todos lloraron y yo reí.
«Perdone que no me levante»
«Cualquier muerto tiene derecho a decir lo que le dé la gana»
Santa Isabel (Vitoria) / BEGOÑA CAMPO
Huelva / JORDI VALLS
Aguilas (Murcia) / PEDRO PIÑERO
Osuna (Sevilla) / ÁNGELES SÁNCHEZ FAJARDO
Cistierna (León) / GUILLERMO GARCÍA
Mach 6 para el Waverider X-51A
Un avión militar de EE.UU. rompe el récord de vuelo supersónico
Ha alcanzado la velocidad Mach 6, seis veces la del sonido, durante más de tres minutos
Un avión experimental de la Fuerza Aérea de Estados Unidos, el Waverider X-51A, ha conseguido romper el récord de vuelo supersónico al volar durante más de tres minutos a una velocidad de Mach 6, seis veces la del sonido (unos 7.350 km/ h). Nunca antes un ingenio humano había logrado desplazarse tan rápido durante tanto tiempo. Sólo otro aparato militar norteamericano había llegado al Mach 6 con anterioridad, pero apenas aguantó doce segundos. El pasado mes de abril, la Agencia de Desarrollo de Programas Avanzados de Defensa (DARPA) realizó una prueba similar para intentar colocar un vehículo militar suborbital en Mach 20, sin obtener buenos resultados. Sólo llegó al nivel 5.
El Waverider X-51A fue lanzado durante la mañana de este miércoles desde un avión B-52 Stratofortress frente a la costa sur de California, según ha informado la Fuerza Aérea en su página web. Su motor tipo scramjet aceleró el vehículo a Mach 6 y el aparato voló de forma autónoma durante 200 segundos antes de perder aceleración. En ese momento se dio por terminado el ensayo.
De la hélice al motor de reacción«Estamos encantados con los resultados durante la primera misión hipersónica del X-51A», ha confesado Charlie Brink, driector del programa en el laboratorio de investigación de la Fuerza Aérea en la base Wright-Patterson (Ohio). «Comparamos este salto en la tecnología de los motores con el salto posterior a la Segunda Guerra Mundial de los aviones de hélice a los motores de reacción», ha dicho.
El aparato ha sido construido por las compañías Pratt & Whitney Rocketdyne y Boeing. La fase de pruebas del X-51A comenzó a finales de 2006 y en abril de 2007 fue probado en un simulador de vuelo. Según fuentes de Boeing, el nuevo récord mundial podrá ser aplicado en el futuro en el acceso al espacio o al transporte comercial.
24 may 2010
El gobiernodel PSOE tiene en mente leyes aún más represivas.
Los conductores condenados por exceso de velocidad, exceso de alcohol, o conducir sin carnet se quedarán sin coche
Una reforma del Código Penal, actualmente en tramitación en el Congreso, prevé el decomiso y la venta de los vehículos utilizados para cometer estos delitos a no ser que pertenezcan a un tercero de buena fe.
La defensa de los conductores, ha hecho publica una nota esta mañana en la que expresa su opinión desfavorable a la redacción que se quiere dar al nuevo Art. 385 bis del Código Penal al prever la pérdida y el decomiso de los vehículos utilizados en todos los delitos contra la seguridad vial.
“Hasta ahora está medida sólo estaba prevista para el delito contemplado en el Art. 381 del Código Penal, relativo a los
El comiso o decomiso es una pena accesoria que consiste en la pérdida de los efectos o instrumentos utilizados en la comisión del delitos.
“Y si lo que se persigue es una medida precautoria y cautelar para evitar que se pueda utilizar temporalmente un vehículo mientras alguién está privado del derecho a conducir, o sometido a cualquier programa de desintoxicación de alcohol o drogas , lo que habría que regular no es el decomiso sino el depósito, que es una figura más adecuada para estos supuestos, ya que permite recuperar la posesión del vehículo una vez que el automovilista ha pagado su deuda con la sociedad.”
Otras novedades: Test indiciario salival para detectar drogas.
Otra de las novedades que incluye la reforma del Código Penal respecto a la seguridad vial, y que si valoro muy positivamente es la obligatoriedad de someterse a las pruebas de detección de drogas mediante test indiciarios de saliva.
En caso de negativa a realizar estos test se acusará al conductor de un delito contra la seguridad del tráfico castigado con una pena de prisión de seis meses a un año y la privación del derecho a conducir vehículos a motor de u año y un día hasta cuatro años.
Estos son los "delitos" que te dejarán sin coche
Art 379
VELOCIDAD
Conducir un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente
DROGAS Y ALCOHOL
Conducir un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro
Prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
Art. 380
CONDUCCION TEMERARIA
Conducir un vehículo a motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida o la integridad de las personas
Prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años
Art. 381
CONDUCCION TEMERARIA
(CONDUCTORES KAMICACES)
El que, con manifiesto desprecio por la vida de los demás, realizare la conducta descrita en el artículo anterior.
Cuando no se hubiere puesto en concreto peligro la vida o la integridad de las personas
Prisión de dos a cinco años, multa de doce a veinticuatro meses y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un período de seis a diez años
Prisión de uno a dos años, multa de seis a doce meses y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un período de seis a diez años
DECOMISO DEL VEHICULO
Art. 383
NEGATIVA PRUEBA ALCOHOL/DROGAS
Negativa a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas
Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años
Art. 384
CONDUCIR SIN CARNÉT
Conducir un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, o tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción
Prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.
Art. 385
OBSTACULOS
Originar un grave riesgo para la circulación de alguna de las siguientes formas:
- Colocando en la vía obstáculos imprevisibles, derramando sustancias deslizantes o inflamables o mutando, sustrayendo o anulando la señalización o por cualquier otro medio.
-No restableciendo la seguridad de la vía, cuando haya obligación de hacerlo
Prisión de seis meses a dos años o a las de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de diez a cuarenta días
MUY IMPORTANTE Reforma Ley Tráfico aplicable a los Ayuntamientos
Los ayuntamientos tendrán que comunicar en 24 horas la retirada de vehículos por la grúa
La reforma de la Ley de Tráfico, que entra en vigor hoy, recoge una reivindicación de la defensa de los conductores, para evitar que se devenguen injustificadamente gastos de estancia por el depósito de vehículos retirados por la grúa sin conocimiento de sus propietarios.
También se analizan las importantes diferencias que existen en el precio de la grúa y en los gastos de estancia por el depósito del vehículo entre las distintas capitales de provincia: Un coche tipo medio (de 1.300 kgs.) retirado en Zaragoza paga 165 €; en Zamora, 36 €.
Desde hoy todos los ayuntamientos de España tienen que comunicar a sus propietarios -en el plazo máximo de 24 horas- la retirada de los vehículos por la grúa, según establece el nuevo Art. 85. 3 de la Ley de Seguridad Vial.
La comunicación se efectuará a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV) si el titular dispusiese de ella, y en caso contrario, por cualquier medio del que permita tener constancia de su recepción (correo, telegrama,etc).
La comunicación se efectuará a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV) si el titular dispusiese de ella, y en caso contrario, por cualquier medio del que permita tener constancia de su recepción (correo, telegrama,etc).
La obligación de notificar a sus propietarios la retirada de los coches por la grúa para evitar las graves situaciones de desamparo en que los ayuntamientos dejaban en ocasiones a los automovilistas, a los que por falta de información no sólo se les privaba de su derecho a recuperar sus vehículos sino que además se les cobraba unos injustificados gastos de estancia.
Se han dado casos de automovilistas que han perdido su coche porque algunos ayuntamientos querían cobrar desorbitados gastos por la estancia, a veces de más de seis meses, de los vehículos en los depósitos municipales, los cuales habían sido retirados por la grúa municipal, y nadie les había informado de ello.”
“El problema surgía porque a pesar que el Código de la Circulación establecía que había que comunicar la retirada de los vehículos por la grúa lo antes posible, algunos ayuntamientos interpretaban que esa posibilidad podía demorarse semanas, e incluso meses, y mientras tanto se estaban devengando importantes gastos de estancia”.
Según se ha podido comprobar, hasta la fecha ninguna capital de provincia ha adaptado sus ordenanzas fiscales a la nueva previsión de la Ley de Seguridad Vial, en el sentido de contemplar la obligación de notificar la retirada de los vehículos por la grúa en el plazo máximo de 24 horas.
A pesar de esta omisión, quiero advertiros a todos los que leéis este artículo, que a partir de hoy ningún ayuntamiento podrá cobrar gastos de estancia superiores a 24 horas en los depósitos municipales por los vehículos retirados por la grúa si no se acredita la comunicación fehaciente de que el propietario ha sido advertido de la retirada de su vehículo por la grúa por aplicación directa de la Ley de Seguridad Vial, cuya reforma entra hoy en vigor.
“El problema surgía porque a pesar que el Código de la Circulación establecía que había que comunicar la retirada de los vehículos por la grúa lo antes posible, algunos ayuntamientos interpretaban que esa posibilidad podía demorarse semanas, e incluso meses, y mientras tanto se estaban devengando importantes gastos de estancia”.
Afortunadamente, con la nueva Ley esta situación ha cambiado y los ayuntamientos no podrán cobrar gastos de estancia superiores a 24 horas si no avisan en ese plazo de la retirada de los vehículos por la grúa
Según se ha podido comprobar, hasta la fecha ninguna capital de provincia ha adaptado sus ordenanzas fiscales a la nueva previsión de la Ley de Seguridad Vial, en el sentido de contemplar la obligación de notificar la retirada de los vehículos por la grúa en el plazo máximo de 24 horas.
A pesar de esta omisión, quiero advertiros a todos los que leéis este artículo, que a partir de hoy ningún ayuntamiento podrá cobrar gastos de estancia superiores a 24 horas en los depósitos municipales por los vehículos retirados por la grúa si no se acredita la comunicación fehaciente de que el propietario ha sido advertido de la retirada de su vehículo por la grúa por aplicación directa de la Ley de Seguridad Vial, cuya reforma entra hoy en vigor.
Nueva Ley de Tráfico MAYO 2010
Aquí teneis esquemáticamente resumida la nueva ley que nos imponen, eso sí por nuestra propia seguridad.
Pincha en el enlace para abrir el Pdf.
23 may 2010
22 may 2010
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